El Senado de la República se pronuncia porque cesen las violaciones a los derechos humanos en contra de los internos del Centro Federal de Readaptación Social Oriente número 5 de Villa Aldama.

 

 

Sen. Rosario Ibarra de Piedra

 

C. PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA
DE LA CÁMARA DE SENADORES.
PRESENTE.

Los que suscriben, Senadores de la República integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo y Convergencia a la LXI Legislatura de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión , con fundamento en lo dispuesto en los artículos 59 y 60, párrafo primero del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Soberanía, COMO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES.

Los pasados días 24 y 25 de junio así como el 14 de septiembre fueron detenidos 125 policías de diversas corporaciones del Estado de Hidalgo por su presunta participación en el delito de delincuencia organizada.
Como ocurre cuando la autoridad investigadora carece de pruebas para consignar a una persona, los detenidos fueron arraigados durante 40 y en algunos casos hasta 80 días; posteriormente se ejercito acción penal en su contra, siendo consignados al Juzgado Segundo de Distrito en materia de Procesos Penales Federales de Tepic, Nayarit, a pesar de que se encuentran presos en el Estado de Veracruz.
A la violación de derechos humanos que implica que estén siendo procesados con indicios endebles hay que agregar las terribles condiciones en que se encuentran privados de su libertad en el Penal Federal de Villa Aldama, Veracruz:
Se les da de comer un jugo y un bolillo durante todo el día, justificándose la autoridad penitenciaria que la cocina no se encuentra en funcionamiento. Esta carencia se ve agravada por la prohibición hecha a los familiares de ingresar cualquier alimento para sus familiares.
Tampoco se les permite tener artículos de aseo personal, lo que ha ocasionado que algunos reos tengan ya dos meses sin lavarse la boca o que cuando defecan se tengan que limpiar con su propia ropa, enjuagarla en ese momento y ponérsela mojada nuevamente. Una muestra más de estos casos de extremo de desprecio por las libertades públicas lo conocimos apenas el día de ayer, cuando los familiares de internos nos informaron que se están cometiendo violaciones sexuales en contra de algunos de ellos.
A esta aviesa situación se suman habituales casos de maltratos y golpes que se propinan a los internos, los cuales se ejecutan sin ningún motivo y en ocasiones hasta sólo por hablar; por si no bastara, los internos se encuentran incomunicados pues no se les permite contacto alguno con sus familiares y abogados.
Estas constantes vejaciones que sufren los internos, quienes ven vulnerados los derechos que protegen su persona por ser víctimas de tortura y maltrato físico por parte de custodios, encuentran su explicación, más no su justificación, en la naturaleza de la represión penal y por el escaso impacto que la doctrina de los derechos humanos tiene en el ámbito carcelario mexicano.
Conocer estos terribles hechos plantea una disyuntiva ineludible: Permanecer en el oprobio de la omisión ante estas graves embestidas a los derechos humanos o, enfrentarlos para que la autoridad represora corrija su actuación y cesen de inmediato esos atropellos que día a día se comenten en contra de los internos del penal de Villa Aldama.
Es por eso que proponemos a esta Asamblea que la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República que se reúna con las autoridades competentes a fin de que cesen los actos violatorios de los derechos humanos de los internos del Centro Federal de Readaptación Social Oriente número 5 de Villa Aldama, Veracruz. Asimismo, y para asegurar la eficacia de la encomienda que se hace a la propia Comisión de Derechos Humanos, esta última deberá rendir un informe sobre sus actividades realizadas y la atención que realicen las dependencias

Por todo lo anterior, ponemos a la consideración de esta Asamblea, COMO DE URGENTE Y OBVIA RESOLUCIÓN el siguiente PUNTO DE ACUERDO:
PRIMERO: El Senado de la República se pronuncia porque cesen las violaciones a los derechos humanos en contra de los internos del Centro Federal de Readaptación Social Oriente número 5 de Villa Aldama.
SEGUNDO: El Senado de la República se pronuncia porque la causa penal número 464/2009 tramitada ante el Juzgado Segundo de Distrito en materia de Procesos Penales Federales en Tepic, Nayarit se substancie y resuelva conforme a Derecho.
TERCERO: El Senado de la República solicita a la Comisión de Derechos Humanos de esta Cámara Alta se traslade al Estado de Veracruz para verificar las condiciones de vida de los internos del Centro Federal de Readaptación Social Oriente número 5 de Villa Aldama, así como para realizar las gestiones necesarias para que se respeten los derechos humanos de la población penitenciaria de este centro de detención. Dicha Comisión legislativa deberá rendir un informe sobre su actuación al Pleno de esta Soberanía en un Plazo de 30 días.

SUSCRIBEN.
SEN. ROSARIO IBARRA DE PIEDRA.
SEN. FRANCISCO JAVIER BERGANZA ESCORZA.